Ayúdanos a mejorar. Seguro que entre todos podemos hacer que los cálculos sean más precisos. Queremos obtener opiniones sobre el sitio en general y la forma en que hacemos los cálculos en particular (las preguntas concretas están abajo en naranja). Puedes usar los comentarios de esta página para hacernos llegar tus opiniones, argumentos y sugerencias.
Nos interesa poder respaldar todo con fuentes fiables (que no son fáciles de encontrar en internet), así que te estaremos enormemente agradecidos si nos ayudas a recopilarlas.
Aunque hay pocas cosas más complicadas que un sistema fiscal hemos querido hacer algo simple. Esto implica que renunciar a precisión a cambio de sencillez.
La idea es hacer un cálculo lo más aproximado posible a partir de un solo dato: el sueldo bruto anual. Aplicando un principio de prudencia en todas las simplificaciones se ha elegido el dato que supone un menor pago de impuestos. Todos los cálculos y todas las decisiones están explicadas en esta página de forma transparente. Si crees que algún cálculo es mejorable te agradecemos que nos ayudes a mejorar dejando un comentario.
Cálculos
Al sueldo bruto anual indicado por el usuario se le suma el 31% de su importe con un máximo de 11.100 Euros que paga la empresa al estado en concepto de cuota empresarial a la Seguridad Social. La empresa está obligada a pagárselo directamente a la Seguridad Social en vez de al trabajador. La suma del sueldo bruto y la cuota empresarial a la SS es lo que llamamos renta real, que es la que tomamos como base para el cálculo (100% de la renta).
Hay opiniones a favor y en contra de considerar la cuota empresarial de la SS como un impuesto ¿cuál es tu opinión?
Como ya hemos explicado, el sueldo bruto es la cantidad resultante de restar la cuota empresarial a la SS al sueldo real.
Al sueldo bruto anual se le resta el 6,35% que paga el trabajador en concepto de cuota del trabajador a la Seguridad Social (este concepto aparece en tu nómina).
El IRPF se calcula por tramos de forma muy sencilla. Ten en cuenta que no tenemos en consideración las retenciones (que aparecen indicadas en tu nómina) sino el importe que efectivamente pagas después de la declaración de la renta. Tampoco tenemos en cuenta los rendimientos financieros. De igual forma es probable que pagues menos de lo que nosotros calculamos por que tengas reducciones y/o deducciones (por ejemplo si estás pagando una hipoteca, tienes personas mayores a tu cargo, etc...). A grosso modo consideramos que esto se compensa con los importes pagados por impuestos no incluidos en el cálculo (ver "Otros impuestos" más abajo).
¿se podría conocer el dato de la cantidad media que se deducen / reducen los contribuyentes? ¿y conocer este dato en función de la renta?
Para calcular el IVA consideramos que el tipo medio es del 14% y que el trabajador medio destina al consumo el 89,7% de su renta. La cantidad pagada en concepto de IVA varía enormemente en función del patrón de consumo de la persona, por lo que su cálculo es muy aproximado y pueden existir desviaciones significativas respecto a la cifra que ofrecemos.
Otros impuestos
Hay otros impuestos que no estamos teniendo en cuenta como los impuestos especiales (alcohol, tabaco, hidrocarburos...), el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, etc...
¿cómo se podrían incluir estos impuestos en el cálculo?
En general ¿se te ocurre alguna fórma de respaldar estos cálculos poniéndolos en relación con las cifras totales de recaudación.
Además de en estos comentarios se ha montado un buen debate en menéame (1 y 2)
21 Responses to “¿Cómo hacemos los cálculos?”
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March 12th, 2008 at 09:33 PM
Yo intentaría saber cual es la cesta tipo de la compra (quizá se pueda conseguir en el INE) para, ponderando los tipos de IVA en esos bienes, sacar un ‘tipo medio del IVA ajustado al consumo personal’.
March 12th, 2008 at 09:35 PM
Hola, no se si el ahorro de 20 % es mucho o poco. En cualquier caso eso es la proporción de renta que no se consume: o se ahorra o se atesora. Ese dinero paga impuestos de retención por ingresos de capital mobiliario (los intereses de cuenta corriente) aunque estos suelen ser muy pequeños.
¡muy buena iniciativa!
March 26th, 2008 at 11:41 AM
Yo incluiría impuestos como el IBI, impuesto de vehiculos de tracción mecánica, impuestos sobre carburantes, (en todos estos iría a la media per capita) y eventualmente sobre sucesiones en la parte del dinero no gastado (la que queda sin IVA)
March 26th, 2008 at 06:35 PM
Los impuestos que gravan la compra de una casa: además del IVA, el ITP/AJD. Como suele meterse ese gasto en la hipoteca, que duran 30 años o así, hay que contar que cada año una parte de la hipoteca es por el pago de impuestos.
Las cuotas de la SS, en tanto que son dinero del que se apropia el estado para ¿gestionarlo? en nuestro nombre, es claramente un impuesto.
March 26th, 2008 at 11:08 PM
La cuota empresarial a la Seguridad Social jamás la he considerado (ni tampoco he oído que otros la consideren) como un impuesto aplicable al individuo. Es un coste para la empresa, igual que lo es el impuesto de sociedades. Pero no por ello asignable al individuo (vamos, que si la empresa no lo tuviera que pagar, no te lo iba a dar a tí por tu cara bonita).
Por otro lado, aun valorando el intento de responder a la pregunta de “cuántos impuestos pago”, creo que no tiene una respuesta sencilla y única. Hay muchos hechos impositivos, que no son generalizables. Tendría sentido hacer tantas calculadoras como hechos impositivos diferentes.
March 27th, 2008 at 10:55 AM
@jahd, Gracias por tu opinión ¿se te ocurre alguna forma de incluir estos impuestos en el cálculo sin complicarlo demasiado?
@Consultor anónimo:
Gracias por tu opinión. Incluyo tu argumento “si la empresa no lo tuviera que pagar, no te lo iba a dar a tí por tu cara bonita” en la página de la cuota empresarial a la SS:
http://cuantosimpuestospago.com/cuota-empresarial-a-la-seguridad-social
March 27th, 2008 at 01:19 PM
Excelente iniciativa. Enhorabuena.
A Consultor anónimo, es cierto que la empresa no te lo daría por tu cara bonita, pero también es cierto que si tú no estuvieras contratado la empresa no tendría ese gasto y que además es algo que la empresa paga para que tú lo disfrutes: paro, jubilación, atención sanitaria…
Por lo tanto, es una retribución al trabajador que no pasa por sus manos.
March 28th, 2008 at 12:52 AM
“es cierto que la empresa no te lo daría por tu cara bonita,”
Te lo daría por tu trabajo, que es la misma razón por lo que se lo da a la SS el empresario, por tu trabajo. El trabajador sin que haya habido pago a la SS quedaría sin cobertura y se la tendría que procurar. Evidentemente le pediría al empresario lo que el empresario le da al estado por su contrato en ese concepto. Luego el trabajador contrataría el seguro (la gente quiere estar asegurada por lo que he visto por ahí, tiene niños, mujer, se ponen malitos y todas esas cosas. Y lo saben bien).
April 3rd, 2008 at 09:22 AM
@Consultor anónimo
Claro que la cuota empresarial a las SS es un coste para la empresa, como la cuota del trabajador y el resto del sueldo. Una empresa estima lo que le cuesta un trabajador en total considerando todos esos gastos, igual que nosotros estimamos lo que nos cuestan las judías verdes o las revistas en total, no descontando el IVA.
Pero no es un gasto como “el impuesto de sociedades”. Ese impuesto es independiente de si tienes un empleado o treinta. La cuota empresarial a la SS se paga por cada empleado.
¿Qué significa eso? Pues que si de repente una ley impusiera que, sin cambiar el total lo que pagan las empresas por los trabajadores, la cuota empresarial pasase a estar incluida en la cuota del trabajador y, por tanto, saliese en nónima, la empresa seguiría pagando exactamente lo mismo por cada trabajador y éste seguiría cobrando exactamente lo mismo, pero al parecer, por algún misterio, tú lo considerarías ahora como un impuesto que paga el trabajador y no la empresa. Sin embargo, no es más que un cambio contable.
April 14th, 2008 at 06:24 PM
creo que lo haceis confuso, pues nadie contamos con lo que pague o no la empresa por Seguridad Social ya que muchas tienen bonificaciones por muchas cosas para mi el “bruto” es lo que pone la nomina antes de los descuentos por desgracia la renta “real” si se parece a lo que sale con vuestro calculo sobre todo es muy bueno eso de ver hasta cuando trabajas para el estado gran iniciativa la vuestra
April 15th, 2008 at 09:29 AM
Desde luego que la cuota empresarial a la SS es una renta del trabajador. Cuando decide lo que puedes pagar a un empleado, tienes en la cabeza ese número, no el salario bruto. Un ejemplo: si tienes que decidir si metes en plantilla a un consultor externo o un autónomo, vas a ofrecerle como salario bruto la diferencia entre lo que le pagas como consultor (sin SS) y lo que vas a tener que pagar por él a la SS.
Jose Maria, lo que dices de que “nadie contamos con lo que pague la empresa por SS” es el truco para que los trabajadores no sean conscientes de los impuestos que realmente pagan. Una técnica de marketing del Estado para evitar levantamientos populares.
April 16th, 2008 at 02:11 PM
Creo que la iniciativa es muy interesante…Pero no veo cómo se calcula el IVA…DEl sueldo que nos queda, no quedaría gravado todo por IVA, porque el IVA no grava el ahorro sólo el consumo…Y el juego del 7% y el 4% en buena parte de la compra hace que el tipo sea en mi opinión más bajo que el 14% pero todo depende de lo que se compre…Luego es difícil incorporar el IVA en el cálculo del salario “neto”...como se trata de hacer.
April 16th, 2008 at 06:23 PM
me parece super interesante. Nosotros tenemos otra aplicación parecida que calcula tu vida hipotecada: http://casastristes.org/es/content/hipotecadora
April 16th, 2008 at 07:49 PM
En mi caso y como autónomo los costes/gastos/impuestos de seguridad social no se reflejan en absoluto con vuestro cálculo. Esto debería diferenciarse. Y no es por liarlo más, pero la casuística tiene más miga. Caso simple: si eres socio al 50% de una SL de dos socios-profesionales (autónomos), sin más empleados, ¿el Impuesto de Sociedades, el IVA, tasas y demás cosas que las empresas pagan regularmente deberían considerarse renta a efectos de vuestros cálculos?. Más sugerencias: El usuario podría introducir algunos parámetros de gasto personal. P.e. yo fumo 3 € /día (que horror), consumo 100 € de combustible /mes y, pongamos, 2€ alcohol / día. Pongo estos tres capítulos porque, creo, están sujetos a impuestos especiales. Por si os siven de algo
April 19th, 2008 at 07:12 AM
Sería interesante basandose en los presupuestos generales del estado indicar el importe de nuestro sueldo que se destina a cada partida general de gastos. Un salario de 60.000 € destina aprox 12.000 a Sanidad anualmente (Es mas barato ir a Houston y no hablemos de calidad)
May 2nd, 2008 at 04:21 PM
Magnifico!!! siempre pensaba que pagamos a grosso modo unos 60%. Efectivamente no hay que olvidar:
—cotizacion cont.comu 4.7% —cotizacion formacion 0.1% —cotizacion desempleo 1.5%
Quizas también valía la pena incluir el IBI aprox. 1%?
Otro experimento divertido seria enseñar a la gente (otro robo) cuantos impuestos pagamos al comprar/vender un inmueble: IVA + notarios + Plus Valúa + Aumento de patrimonio… algo mas?
May 2nd, 2008 at 04:27 PM
aquí es un ejemplo de adonde va nuestro dinero:
Casa del Rey-
—8,3-—--18 céntimas por capita (décima parte de un carajillo! es para los antimonarquicos ;)) Cortes-—-—-218.3-——a los 300 inútiles de nuestros diputados (casi 1 millón por diputado, realmente deciden algo son los 5 capos) DEUDA-—-—-15925 (11%)——Es decir se han endeudado y ahora les falta dinero Justicia-—-—-1411 (1%)——Ahora esta claro porque la Justicia en España es tan cutre! Defensa-—-—-8049 (5%)---Además de cutre ejercito. Interior-—-—-7561 (5%)——Así es nuestra policía Agricultura-—-1659-—-—-El Soborno a los agricultores CULTURA-—-—-704-—-—-El Soborno a los “artistas”, LA MITAD DE la JUSTICIA!!! Vivienda-—-—1235-—-—-El Soborno a los jóvenes sociatas, comunistas, verdes… vivienda gratisMay 17th, 2008 at 06:03 AM
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May 26th, 2008 at 10:53 PM
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May 31st, 2008 at 07:35 PM
Permitame decir que el valor medio del IVA que estais calculando (aprox. 14%?) no es correcto. Cuanto debería ser? Para contestar a esta pregunta veremos los presupuestos del Estado del 2008:
IMPUESTOS DIRECTOS Y COTIZACIONES SOCIALES 90.752.750,00 56% IMPUESTOS INDIRECTOS 53.363.000,00 33% TOTAL 161.554.909,40
Es decir que los impuestos indirectos son mas de la mitad de directos. Es decir si los SS + IRPF son unos 40% del salario (por ejemplo) los indirectos (IVA + especiales) en proporcion son unos 30% del resto del salario (o del 80% del resto del salario) y no 14%.
June 12th, 2008 at 05:53 PM
No es uno poco aventurado adjudicarle al trabajador las cuotas que la empresa paga a la Seguridad Social? No se quedaría la empresa con este gasto (deducible)?